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Okupas en vacaciones: cómo proteger tu vivienda

Las vacaciones son una época para relajarse y disfrutar, pero también son un momento vulnerable para la seguridad de tu vivienda. Durante estos períodos en los que las personas se ausentan de sus hogares, se incrementan los casos de ocupación ilegal.

Muchos propietarios se han encontrado con la desagradable sorpresa de regresar de un viaje y descubrir que su casa ha sido ocupada. ¿Qué se puede hacer en estos casos?

Somos Serviokupas, profesionales en desokupación, y hoy te compartimos medidas preventivas y acciones a seguir para proteger tu vivienda durante las vacaciones.

Ocupación de viviendas durante las vacaciones

La okupación de viviendas se ha convertido en un problema recurrente, sobre todo durante las vacaciones. Los delincuentes aprovechan la ausencia prolongada de los propietarios para entrar y asentarse en las propiedades.

Se estima que el 30% de las ocupaciones ilegales en España ocurren durante las vacaciones de verano.

Definición y diferencias: usurpación vs allanamiento de morada

Es importante entender las diferencias legales entre usurpación y allanamiento de morada, ya que la respuesta judicial a cada uno de estos delitos es diferente.

La usurpación es un delito que se produce cuando una persona ocupa de manera ilegal una propiedad que no constituye a la morada habitual de su propietario. Este tipo de apropiación suele ocurrir en viviendas que se encuentran vacías, como segundas residencias o inmuebles en desuso.

No implica una violación del domicilio habitual, sino más bien una ocupación de un inmueble que, aunque de propiedad privada, no tiene carácter de hogar en el sentido más íntimo.

En términos legales, la usurpación está tipificada en el Código Penal español en el artículo 245. Aunque es un acto ilegal, las penas por usurpación son menores que en el caso de un allanamiento de morada, y se manejan en la vía civil.

Por otro lado, el allanamiento de morada es un delito más grave, ya que implica la entrada y permanencia en una vivienda que constituye la morada habitual del propietario sin su consentimiento. Atenta directamente contra la inviolabilidad del domicilio, un derecho fundamental protegido por la Constitución Española en su artículo 18.

El Código Penal español recoge el allanamiento de morada en el artículo 202, y las penas incluyen prisión de seis meses a dos años. Dada la gravedad de este delito, la intervención policial es más contundente, y permite el desalojo inmediato de los okupas.

Casos comunes de okupación en vacaciones

Durante las vacaciones, se presentan varios escenarios comunes de okupación. Por ejemplo, los okupas pueden acceden a una vivienda aprovechando señales visibles de ausencia, como buzones llenos, luces apagadas o jardines descuidados.

También, se pueden informar previamente de los movimientos de los propietarios a través de las redes sociales o mediante observación directa.

Otro caso común es la ocupación de segundas viviendas, especialmente en zonas turísticas donde los inmuebles quedan vacíos durante meses. Estos, se convierten en objetivos atractivos debido a su ubicación y a la percepción de que no habrá una respuesta inmediata por parte de los propietarios.

Qué hacer si tu casa es ocupada en vacaciones

Descubrir que tu vivienda ha sido ocupada durante las vacaciones es algo angustiante. Pero, debes actuar de manera rápida y seguir los procedimientos legales adecuados para recuperar lo que es tuyo.

Ten en cuenta las siguientes recomendaciones:

Denuncia ante la policía

El primer paso en caso de encontrarte con okupas en tu hogar es denunciar ante la policía. Presenta una denuncia formal lo antes posible, y proporciona toda la información relevante, como pruebas de propiedades, fotos, y cualquier indicio que muestre que los okupas han entrado sin tu consentimiento.

Es importante que, al hacer la denuncia, utilices un lenguaje preciso para que quede claro si se trata de un allanamiento de morada o de una usurpación. La terminología correcta ayudará a que las autoridades actúen más rápidamente.

Procedimientos judiciales: vía civil y penal

Una vez presentada la denuncia, existen dos vías judiciales para proceder: la vía civil y la vía penal.

Vía penal

La vía penal es el procedimiento judicial que se activa cuando la okupación de una vivienda se considera un delito, principalmente en casos de allanamientos de morada. Este camino legal se utiliza cuando se ha producida una violación directa del derecho a la inviolabilidad del domicilio.

El proceso penal se desarrolla con la intervención del Ministerio Fiscal, que actúa como acusador público, y puede dar lugar a un juicio en el que se determine la culpabilidad del ocupante. Si se demuestra el allanamiento, las penas comprenden desde seis meses hasta dos años de prisión.

En casos más graves, donde se ha empleado violencia o intimidación para cometer el allanamiento, las penas son más severas aún, lo que refuerza la protección del domicilio.

Vía civil

La vía civil, por otro lado, es el procedimiento judicial que se sigue en casos de usurpación de una propiedad que no constituye la morada habitual del propietario. Es un proceso más lento y menos grave en términos de sanciones, ya que no se considera que la invasión atente directamente contra la inviolabilidad del domicilio, sino que afecta a los derechos de la propiedad.

El proceso se inicia con una demanda interpuesta por el propietario ante el juzgado correspondiente, en la que se solicita la restitución del inmueble. Esta demanda debe ir acompañada de pruebas documentales que acrediten la propiedad de la construcción y la ausencia de un contrato de arrendamiento o cualquier otro tipo de permiso.

Durante la vía civil, el juez valorará las pruebas presentadas y podrá emitir una orden de desalojo, que en algunos casos se demora hasta varios meses debido a la carga de trabajo de los juzgados y a las posibles apelaciones de los okupas. Las penas se limitan a la imposición de multas y la orden de abandono de la propiedad, sin implicar penas privativas de libertad.

Medidas preventivas para evitar la okupación

La prevención es clave para evitar que los okupas se instalen en tu vivienda durante las vacaciones. Implementa algunas medidas de seguridad para reducir el riesgo.

Informar a los vecinos y personas de confianza

Pide a tus vecinos que vigilen tu hogar en tu ausencia y que reporten cualquier actividad sospechosa. Estos, pueden recoger tu correo, encender y apagar luces, y dar señales de presencia en la casa.

Instalar sistemas de seguridad y alarmas

Invertir en sistemas de seguridad y alarmas es otra medida eficaz. Las cámaras de seguridad, detectores de movimiento y alarmas conectadas a una central de seguridad te alertan de cualquier situación desconfiable.

Actualmente, existen sistemas avanzados que monitorean la seguridad de tu hogar a través de tu smartphone, lo que te brinda tranquilidad mientras estás fuera.

Evitar publicaciones en redes sociales

En la era digital, es común compartir momentos de nuestras vacaciones en redes sociales. No obstante, es recomendable evitar publicaciones que revelen tu ausencia prolongada de casa.

Los ocupantes ilegales usan esta información para planificar el acceso a tu vivienda. Es preferible compartir estas experiencias una vez que hayas regresado a casa, pues esto reduce el riesgo de que tu ausencia sea aprovechada.

Contratar seguros contra la okupación

Otra medida preventiva que aporta tranquilidad es contratar seguros específicos que cubran la ocupación. Aunque no todas las aseguradoras ofrecen este tipo de coberturas, algunas sí lo hacen, e incluyen asistencia legal, gastos de desalojo y reparaciones necesarias.

Revisa detalladamente las cláusulas de la póliza y asegúrate de que incorpora cobertura contra la okupación, sobre todo si tienes una segunda vivienda.

Realizar simulaciones de presencia

Una técnica eficaz para disuadir a los okupas es realizar simulaciones de presencia en la vivienda. Emplea temporizadores automáticos que enciendan y apaguen luces en diferentes habitaciones a distintas horas del día. También, programa dispositivos que enciendan la televisión o la radio en ciertos momentos.

Estas simulaciones son una manera simple de reducir la probabilidad de que los okupas identifiquen tu hogar como un objetivo fácil.

Contrata un servicio de vigilancia temporal

Para quienes buscan una mayor seguridad, contratar un servicio de vigilancia temporal es una opción recomendable. Esto incluye patrullas regulares por la zona.

Del mismo modo, este tipo de empresas ofrecen servicios de monitoreo remoto, donde supervisan las cámaras de seguridad instaladas y reaccionan de manera inmediata ante cualquier actividad extraña.

Serviokupas: Desokupación de viviendas también en vacaciones

Si estás preocupado por dejar tu hogar solo durante las vacaciones, seguramente te interesen nuestros servicios. En Serviokupas ofrecemos asesoramiento jurídico de la mano de un equipo cualificado con más de 30 años de experiencia.

Estamos físicamente en Alicante, Marbella y Vigo, pero gracias a la digitalización te podemos ayudar en cualquier ciudad que estés. Contamos con equipos de mediación en numerosas comunidades autónomas ¡Contácta con nosotros!